En consonancia con lo que está sucediendo en el resto de España y Europa, el Gobierno de Canarias ha acordado restringir la movilidad y los transportes interinsulares. Siguiendo con la Orden del Ministerio sobre medidas para la contención del Covid-19 se mantiene al menos un vuelo diario en las rutas aéreas entre islas sometidas a Obligación de Servicio Público (OSP), se restringen las conexiones interinsulares por avión a 18 vuelos diarios por los cerca de 200 que habitualmente, en día laborable, operan entre las islas.
En las rutas de transporte aéreo entre islas sometidas a Obligaciones de Servicio Público, el número máximo de vuelos diarios por sentido entre los diferentes aeropuertos de Canarias será el siguiente: Gran Canaria-Tenerife Norte, 4; Gran Canaria-Lanzarote, 3; Gran Canaria-Fuerteventura, 3; Gran Canaria-El Hierro, 1; Gran Canaria-La Palma, 1; Tenerife Norte-La Palma, 2; Tenerife Norte-La Gomera, 1; Tenerife Norte-El Hierro, 1; Tenerife Norte-Fuerteventura, 1, y Tenerife Norte-Lanzarote: 1.
Asimismo, los operadores de transporte tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros, limitando los vuelos al 50% de su capacidad.
Los pasajeros que utilicen los servicios de transporte autorizados en el apartado 2º deberán poder justificar la necesidad inaplazable de realización del viaje para alguna de las siguientes actividades: garantizar el abastecimiento de bienes y servicios a la población; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
En lo que se refiere al transporte marítimo interinsular este también se ve reducido a menos de la mitad de su frecuencia habitual y sometido a los mismos condicionantes, prácticamente, que el aéreo.
De esta forma, las 62 rutas marítimas que habitualmente cubren los desplazamientos interiores entre las ocho islas se reducen a 26, con las siguientes frecuencias: Santa Cruz de Tenerife-Agaete, 3; Las Palmas de Gran Canaria-Morro Jable, 2; Las Palmas de Gran Canaria-Arrecife, 1; Santa Cruz de Tenerife-Las Palmas de Gran Canaria, 4; Corralejo-Playa Blanca, 4; Los Cristianos- San Sebastián de La Gomera, 4; Los Cristianos-Santa Cruz de La Palma, 2; Las Palmas de Gran Canaria-Puerto del Rosario, 1; Los Cristianos-Valverde, 1, y Órzola-Caleta de Sebo, 4.
Estas restricciones en el transporte aéreo y marítimo interinsular entrarán en vigor en la medianoche del día después a su publicación en el BOE, una publicación que se espera ocurra mañana mismo, por lo que, de cumplirse esos plazos, entrarían en vigor la medianoche del jueves 19 de marzo.
Únete a la conversación